NUEVA LEGISLACIÓN DE BOLSAS DE PLÁSTICO
Todo lo que debemos saber sobre la entrada en vigor del último hito del Real Decreto 293/2018, del 18 mayo 2018, sobre la regulación del consumo de bolsas de plástico en el comercio.
A partir del próximo 1 de enero de 2021 se actualiza la normativa que regula el uso de bolsas de plástico en los comercios. Desde Eversia queremos asegurar que todos nuestros clientes y colaboradores están informados y preparados para la implantación.
A continuación explicamos a modo de resumen, y con el fin de clarificar el Real Decreto 293/2018, del 18 mayo 2018, lo que implica la reducción del consumo de bolsas de plástico en el comercio:
Bolsas de plástico ligeras y muy ligeras biocompostables PERMITIDAS
Solo permitadas las bolsas biocompostables, EN 13432.
- Con menos de 15 micras (muy ligeras): no tendrán obligación de cobro. Siempre y cuando se utilicen por razones de
higiene, o que se suministren como envase primario para alimentos a granel, como fruta, legumbre, carne,
pescado, entre otros, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos.
Las bolsas de plástico con espesor inferior a 15 micras utilizadas en otros usos deben considerarse a los
efectos bolsas de plástico ligeras porque no cumplen la definición de bolsa de plástico muy ligera pero sí la
definición de bolsa de plástico ligera. En consecuencia a estas bolsas se les aplica las obligaciones previstas de cobro. - Entre 15 y 49 micras de espesor (ligeras): sí tendrán obligación de cobro.
Bolsas de plástico reciclado PERMITIDAS
Solo permitidas las bolsas de plástico reciclado de más de 50 micras.
- Más de un 70% de reciclado: no tendrán obligación de cobro.
- Entre 50-70 % de plástico reciclado: sí tendrán obligación de cobro.
Queda prohibida la entrega al consumidor de bolsas de plástico de menos de 50 micras, excepto si son de plástico biocompostable según la norma EN 13432.